Autopsia Psicológica
Definición comparada del término Autopsia Psicológica desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Procedimiento de investigación retrospectiva que reconstruye el estado mental, emocional, conductual y circunstancias vitales de una persona fallecida, principalmente en casos de muerte equívoca (suicidio, accidente, homicidio). Metodológicamente incluye: revisión de documentación (historial clínico, escritos, comunicaciones), entrevistas estructuradas con informantes clave (familiares, amigos, profesionales), análisis de la escena de muerte, y aplicación de modelos de predicción suicida. Evalúa factores de riesgo, estresores precipitantes, signos de intencionalidad, acceso a medios letales y estado mental premórbido.
Técnica pericial auxiliar de la investigación judicial en muertes de etiología dudosa, especialmente para determinar si una muerte fue suicidio, accidente u homicidio. El informe de autopsia psicológica complementa la autopsia médico-legal, aportando valoración sobre el estado mental del fallecido, factores de riesgo suicida, posibles motivaciones y circunstancias psicosociales. Puede ser determinante en procedimientos penales (homicidio vs. suicidio), civiles (seguros de vida, indemnizaciones) y administrativos.
Ambas disciplinas reconocen la utilidad de la autopsia psicológica para esclarecer muertes equívocas, la necesidad de metodología rigurosa y múltiples fuentes de información, la importancia de la formación especializada del perito, y el valor probatorio de sus conclusiones cuando están adecuadamente fundamentadas.
La psicología forense desarrolla y aplica protocolos estandarizados de autopsia psicológica, establece criterios de fiabilidad y validez del procedimiento, y formula conclusiones probabilísticas basadas en factores de riesgo y protección documentados. El derecho valora la pericia según reglas de sana crítica, determina su admisibilidad y peso probatorio, y utiliza las conclusiones para la calificación jurídica de los hechos. La psicología reconstruye el estado mental; el derecho determina consecuencias jurídicas de la muerte.
Shneidman, E.S. (1981, 1994); Ebert, B.W. (1987); Isometsä, E.T. (2001); Hawton, K. et al. (1998); Scott, C.L. et al. (2006); García-Caballero, A. et al. (2010); Jiménez Rojas, I.A. (2001); Cañón, S.C. y Carmona, J.A. (2018); Conwell, Y. et al. (1996)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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