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Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Civil

Capacidad para Testar

Definición comparada del término Capacidad para Testar desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Aptitud mental para otorgar testamento válido, que requiere: comprensión de la naturaleza del acto (disponer de bienes para después de la muerte), conocimiento de los bienes que se poseen y su valor aproximado, identificación de los herederos naturales (familiares con expectativa hereditaria), y capacidad de formular un plan de distribución coherente. Puede verse afectada por: demencias (especialmente en fases moderadas-avanzadas), delirium, psicosis con ideación delirante que afecte a la disposición, depresión grave con ideación nihilista, e influencia indebida. La evaluación puede ser prospectiva o retrospectiva (impugnación post mortem).

Desde el derecho

Capacidad requerida para otorgar testamento válido, regulada en el Código Civil (arts. 662-666). Pueden testar todos los mayores de 14 años que no estén incapacitados expresamente. Están incapacitados: quienes 'habitual o accidentalmente no se hallaren en su cabal juicio' (art. 663.2 CC). La incapacidad debe existir en el momento del otorgamiento; los intervalos lúcidos permiten testar válidamente. El notario debe asegurarse de la capacidad. El testamento puede impugnarse por falta de capacidad del testador o vicios del consentimiento.

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas reconocen que la validez del testamento requiere capacidad mental suficiente del testador, distinguen entre incapacidad habitual y transitoria, y valoran la importancia de documentar el estado mental en el momento del otorgamiento.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología forense evalúa las capacidades cognitivas relevantes para testar, detecta trastornos que afecten al juicio, identifica influencia indebida, y puede realizar evaluación retrospectiva. El derecho establece los requisitos de capacidad testamentaria, las causas de nulidad, y el procedimiento de impugnación.

Referencias (APA 7)

Código Civil arts. 662-666, 756; Moye, J. et al. (2006); Shulman, K.I. et al. (2015); Marson, D.C. et al. (2016); Peisah, C. et al. (2009); Jacoby, R. y Steer, P. (2007); Spar, J.E. y Garb, A.S. (1992); Rivas Martínez, J.J. (2009); Roca-Sastre, R.M. (1948)

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

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