Ir al contenido
Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica · Capítulo Costa Rica info@aipjcostarica.com · +506 8848-7105
Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Metodológico/General

Comprensión

Definición comparada del término Comprensión desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Proceso cognitivo de captar el significado de información, situaciones o conceptos, integrándolos con el conocimiento previo. En el contexto forense, la comprensión es componente esencial de múltiples capacidades: comprensión de la ilicitud (elemento cognitivo de la imputabilidad), comprensión de los cargos y el proceso (capacidad procesal), comprensión de información médica (consentimiento informado), y comprensión de las consecuencias de actos jurídicos (capacidad civil). La evaluación valora no solo la retención de información, sino su verdadera aprehensión y aplicación.

Desde el derecho

Capacidad cognitiva presupuesto de múltiples conceptos jurídicos: la comprensión de la ilicitud es elemento de la imputabilidad (art. 20 CP), la comprensión de los cargos es requisito de la capacidad procesal, la comprensión de la información médica es presupuesto del consentimiento informado (Ley 41/2002), y la comprensión del alcance de los actos es necesaria para la capacidad civil. La falta de comprensión por trastorno mental, discapacidad intelectual, o minoría de edad puede afectar la responsabilidad o la validez de los actos.

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas reconocen la comprensión como capacidad fundamental para la responsabilidad y la validez de los actos, valoran su evaluación en casos de duda, y coinciden en que su alteración puede tener consecuencias jurídicas.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología forense evalúa la comprensión mediante exploración clínica e instrumentos específicos, determina qué aspectos están preservados o afectados, y valora las causas de los déficits. El derecho establece qué debe comprenderse para cada capacidad, y determina las consecuencias de la falta de comprensión.

Referencias (APA 7)

Grisso, T. (2003); Appelbaum, P.S. y Grisso, T. (1988); Código Penal art. 20; Ley 41/2002; Poythress, N.G. et al. (2002); Zapf, P.A. y Roesch, R. (2009); Rogers, R. et al. (2010); Melton, G.B. et al. (2018)

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

Formación continua, biblioteca virtual de la Asociación y tarifa preferente en el XV Congreso Iberoamericano de 2028. La afiliación es gratuita mientras concluye el trámite de constitución.

Solicitar afiliación

Ver los 848 términos del glosario

WhatsApp