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Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Penal

Discapacidad Intelectual

Definición comparada del término Discapacidad Intelectual desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Trastorno del neurodesarrollo caracterizado por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual (razonamiento, resolución de problemas, aprendizaje) y en la conducta adaptativa (habilidades conceptuales, sociales y prácticas), con inicio durante el período de desarrollo. La evaluación forense incluye: medición del CI con pruebas validadas (WAIS-IV, WISC-V), evaluación de conducta adaptativa (Vineland-3, ABAS-3), diagnóstico diferencial con otras condiciones, y valoración de capacidades específicas para actos jurídicos concretos. El CI no determina automáticamente la capacidad legal; se requiere evaluación funcional individualizada.

Desde el derecho

Condición reconocida por la Convención ONU sobre Derechos de Personas con Discapacidad (2006) y la Ley 8/2021 que reforma el sistema de capacidad jurídica. La capacidad jurídica es universal e igual; las personas con discapacidad intelectual tienen derecho a ejercerla con los apoyos necesarios. Se eliminan la incapacitación y la tutela, estableciéndose medidas de apoyo graduales (guarda de hecho, curatela asistencial o representativa) proporcionales a las necesidades y respetuosas de la voluntad y preferencias de la persona.

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas reconocen la discapacidad intelectual como condición que puede requerir apoyos específicos, priorizan la autonomía y los derechos de la persona, rechazan la incapacitación global en favor de la evaluación funcional específica, y reconocen la heterogeneidad dentro del espectro de la discapacidad. Coinciden en el enfoque de apoyos individualizados.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología forense evalúa el funcionamiento intelectual y adaptativo mediante instrumentos estandarizados, identifica fortalezas y limitaciones específicas, y valora la capacidad para actos jurídicos concretos mediante evaluación funcional. El derecho establece el régimen de apoyo proporcional a las necesidades, garantiza salvaguardas para evitar abusos, y regula la revisión periódica de las medidas. La psicología evalúa capacidades; el derecho establece el régimen jurídico de apoyo.

Referencias (APA 7)

American Psychiatric Association (DSM-5, 2013); AAIDD (2021); Ley 8/2021; Convención ONU sobre Derechos de Personas con Discapacidad (2006); Schalock, R.L. et al. (2010, 2021); Greenspan, S. (2006); Verdugo, M.A. (2003); Grisso, T. (2003); Código Civil arts. 249-298

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

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