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Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Penal

Medidas Socioeducativas

Definición comparada del término Medidas Socioeducativas desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Intervenciones impuestas a adolescentes infractores con finalidad educativa y de reinserción: libertad asistida, prestaciones en beneficio de la comunidad, tratamientos, orientación familiar, internamiento en régimen abierto, semiabierto o cerrado. La psicología forense participa en el diagnóstico de necesidades, la elaboración del programa individualizado, la ejecución de la intervención (habilidades sociales, control de la ira, tratamiento de agresores sexuales juveniles) y la evaluación del progreso. La evidencia respalda las intervenciones cognitivo-conductuales y familiares (terapia multisistémica) frente al internamiento prolongado.

Desde el derecho

Catálogo del art. 7 de la Ley Orgánica 5/2000 española: internamiento (cerrado, semiabierto, abierto, terapéutico), tratamiento ambulatorio, asistencia a centro de día, permanencia de fin de semana, libertad vigilada, convivencia con grupo educativo, prestaciones en beneficio de la comunidad, tareas socioeducativas, entre otras; el juez elige atendiendo al informe del equipo técnico (art. 27). En Costa Rica, la Ley 7576 (art. 121) prevé sanciones socioeducativas, órdenes de orientación y supervisión y sanciones privativas de libertad, cuya ejecución regula la Ley 8460 (2005).

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas conciben la respuesta al menor infractor como intervención educativa individualizada, basada en el diagnóstico de necesidades, y coinciden en la prioridad de las medidas en medio abierto.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología diseña y ejecuta las intervenciones y evalúa su eficacia; el derecho define el catálogo de medidas, su duración máxima y las garantías, y reserva al juez la decisión, aunque con vinculación relevante del informe técnico.

Referencias (APA 7)

LO 5/2000 arts. 7 y 27; Ley 7576 de Costa Rica art. 121; Ley 8460 de Costa Rica; Lipsey, M. W. (2009); Henggeler, S. W. et al. (2009); Andrews, D. A. y Bonta, J. (2010); Redondo, S., Sánchez-Meca, J. y Garrido, V. (2002); Graña, J. L., Garrido, V. y González, L. (2008)

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

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