Pedofilia
Definición comparada del término Pedofilia desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Trastorno parafílico caracterizado por fantasías sexuales, impulsos o conductas que implican actividad sexual con niños prepúberes (generalmente <13 años), durante al menos 6 meses, causando malestar significativo o afectación funcional. La pedofilia es diagnóstico clínico que puede estar presente sin cometer delitos (pedofilia egodistónica) o con ellos. No todos los abusadores sexuales de menores son pedófilos (pueden ser situacionales). La evaluación forense distingue pedofilia de abuso sexual de menores.
Trastorno que puede fundamentar medidas de seguridad cuando el abusador es declarado inimputable o semiimputable (art. 101 CP), aunque generalmente no afecta la imputabilidad (las capacidades suelen estar preservadas). Los delitos de abusos y agresiones sexuales a menores se tipifican en los arts. 181-183 CP (tras reforma LO 10/2022). La reincidencia en delitos sexuales contra menores tiene tratamiento agravado.
Ambas disciplinas distinguen entre pedofilia (trastorno) y abuso sexual de menores (delito), valoran la evaluación especializada, y coinciden en la necesidad de intervención.
La psicología forense diagnostica la pedofilia, evalúa el riesgo de reincidencia, y valora la indicación de tratamiento. El derecho tipifica los delitos sexuales contra menores, establece medidas de seguridad para inimputables, y regula la libertad vigilada.
American Psychiatric Association (DSM-5); Seto, M.C. (2008, 2017); Código Penal arts. 101, 181-183; LO 10/2022; Marshall, W.L. y Laws, D.R. (2003); Hanson, R.K. y Morton-Bourgon, K.E. (2005)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
Formación continua, biblioteca virtual de la Asociación y tarifa preferente en el XV Congreso Iberoamericano de 2028. La afiliación es gratuita mientras concluye el trámite de constitución.
Solicitar afiliación