Perdón
Definición comparada del término Perdón desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Proceso de abandonar el resentimiento hacia el ofensor, que puede incluir renuncia a la venganza y apertura a la reconciliación. Beneficia la salud mental de quien perdona (reduce ira, ansiedad, depresión). En psicología forense, el perdón es relevante en: procesos de justicia restaurativa (facilitación del perdón sin imposición), evaluación de víctimas (el perdón puede indicar elaboración del trauma, aunque no es obligatorio), y comprensión de la relación víctima-agresor.
En derecho penal, el perdón del ofendido solo tiene efecto en delitos perseguibles a instancia de parte (querella): puede extinguir la acción penal o la pena impuesta (art. 130.5 CP). En delitos públicos (la mayoría), el perdón de la víctima no impide el proceso. En justicia restaurativa, los procesos pueden facilitar el perdón pero no lo imponen. El perdón no equivale a ausencia de responsabilidad civil.
Ambas disciplinas reconocen el perdón como proceso voluntario que no debe imponerse, valoran su papel en la justicia restaurativa, y coinciden en distinguirlo de la ausencia de responsabilidad.
La psicología estudia el perdón como proceso beneficioso para quien perdona. El derecho regula los efectos jurídicos del perdón, limitados a ciertos delitos.
Código Penal art. 130.5; Enright, R.D. (2001); Worthington, E.L. (2005); Braithwaite, J. (2002); Ríos Martín, J.C. (2016); Tamarit, J.M. (2012)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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