Síndrome Disejecutivo
Definición comparada del término Síndrome Disejecutivo desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Conjunto de déficits en funciones ejecutivas consecuencia de lesiones prefrontales: dificultades de planificación, inhibición, flexibilidad cognitiva, memoria de trabajo, toma de decisiones, y autorregulación. Puede manifestarse como: apatía (variante dorsolateral), desinhibición (variante orbitofrontal), o acinesia (variante medial). En psicología forense, el síndrome disejecutivo es relevante para: valorar secuelas de daño cerebral, evaluar el impacto en el control de la conducta, y considerar en la imputabilidad.
Consecuencia de lesión cerebral prefrontal relevante para: la valoración de secuelas (Ley 35/2015 incluye déficits cognitivos), la consideración de la imputabilidad (la desinhibición frontal puede afectar el control volitivo), y la capacidad civil (los déficits ejecutivos graves afectan la gestión autónoma). El síndrome disejecutivo está reconocido en los baremos de secuelas.
Ambas disciplinas reconocen el síndrome disejecutivo como consecuencia de daño frontal, valoran su impacto funcional, y coinciden en su relevancia para capacidades y responsabilidad.
La neuropsicología forense evalúa el síndrome disejecutivo mediante tests específicos de funciones ejecutivas. El derecho considera el síndrome en secuelas, imputabilidad, y capacidad civil.
Lezak, M.D. et al. (2012); Stuss, D.T. y Knight, R.T. (2013); Goldberg, E. (2001); Ley 35/2015 Baremo; Cummings, J.L. (1993); Royall, D.R. et al. (2002)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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