Trastorno Mental Transitorio
Definición comparada del término Trastorno Mental Transitorio desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Alteración mental de duración limitada, con inicio y fin definidos, que afecta las capacidades durante un período concreto. Puede ser: exógeno (intoxicación, reacción a estrés extremo) o endógeno (episodio psicótico breve). La evaluación es retrospectiva y difícil: debe establecerse el estado mental en el momento de los hechos, que ya ha remitido. Indicadores: conducta pre y post-delictiva, contexto desencadenante, y características del episodio.
Alteración mental de breve duración que puede eximir de responsabilidad si cumple los requisitos del art. 20.1 CP (afectación de las capacidades) aunque haya cesado al momento del juicio. Requisitos jurisprudenciales: base patológica (no meros estados emocionales), intensidad suficiente (equiparable a trastorno permanente), y ausencia de provocación voluntaria (no actio libera in causa). La prueba es compleja al haber remitido.
Ambas disciplinas reconocen el TMT como alteración que puede eximir, valoran la dificultad de la prueba retrospectiva, y coinciden en la necesidad de base patológica.
La psicología forense evalúa retrospectivamente el estado mental durante los hechos. El derecho establece los requisitos del TMT como eximente y la carga de la prueba.
Código Penal art. 20.1; Mir Puig, S. (2015); Carrasco Gómez, J.J. y Maza Martín, J.M. (2010); Esbec, E. y Echeburúa, E. (2016); STS sobre trastorno mental transitorio
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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