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Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Metodológico/General

Abogado Defensor

Definición comparada del término Abogado Defensor desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Profesional del derecho cuya presencia y actuación en el proceso judicial puede influir significativamente en la evaluación psicológica forense del acusado. La relación abogado-cliente implica dinámicas psicológicas complejas: el evaluado puede recibir orientación sobre qué información revelar o cómo presentarse, generando potenciales sesgos de deseabilidad social, simulación de síntomas o minimización de responsabilidad. El psicólogo forense debe considerar esta influencia al valorar la validez de sus hallazgos y distinguir entre la genuina presentación clínica y las estrategias defensivas inducidas.

Desde el derecho

Letrado que ejerce la defensa técnica del acusado en el proceso penal, garantizando su derecho constitucional a la asistencia letrada (art. 24.2 CE) y a un proceso con todas las garantías. Sus funciones incluyen: asesoramiento jurídico confidencial, asistencia en declaraciones, proposición de pruebas (incluyendo periciales psicológicas), interrogatorio de testigos y peritos, y formulación de alegaciones. Está sujeto al secreto profesional y debe actuar conforme a las normas deontológicas, buscando la mejor defensa dentro de la legalidad.

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas reconocen la importancia del abogado defensor en el proceso judicial y su papel en garantizar los derechos del acusado. Coinciden en que el abogado es interlocutor necesario entre el sistema judicial y el evaluado, y en que su actuación legítima forma parte del debido proceso. Tanto psicología como derecho reconocen la confidencialidad de la relación abogado-cliente como elemento protegido.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología forense analiza cómo la intervención del abogado puede afectar la validez de la evaluación pericial, identificando posibles sesgos introducidos por el asesoramiento previo y aplicando estrategias de detección de simulación/disimulación. El derecho regula la función del abogado como garantía procesal, establece sus derechos y deberes, y sanciona las conductas contrarias a la deontología profesional. El psicólogo busca la verdad clínica; el abogado defiende los intereses de su cliente dentro de la legalidad.

Referencias (APA 7)

Grisso, T. (2003); Melton, G.B. et al. (2018); Heilbrun, K. (2001); Código de Deontología de la Abogacía Española (2019); Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial; Ley de Enjuiciamiento Criminal; American Bar Association Standards; Redding, R.E. (2006); Otto, R.K. y Heilbrun, K. (2002)

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

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