Abogado Defensor
Definición comparada del término Abogado Defensor desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Profesional del derecho cuya presencia y actuación en el proceso judicial puede influir significativamente en la evaluación psicológica forense del acusado. La relación abogado-cliente implica dinámicas psicológicas complejas: el evaluado puede recibir orientación sobre qué información revelar o cómo presentarse, generando potenciales sesgos de deseabilidad social, simulación de síntomas o minimización de responsabilidad. El psicólogo forense debe considerar esta influencia al valorar la validez de sus hallazgos y distinguir entre la genuina presentación clínica y las estrategias defensivas inducidas.
Letrado que ejerce la defensa técnica del acusado en el proceso penal, garantizando su derecho constitucional a la asistencia letrada (art. 24.2 CE) y a un proceso con todas las garantías. Sus funciones incluyen: asesoramiento jurídico confidencial, asistencia en declaraciones, proposición de pruebas (incluyendo periciales psicológicas), interrogatorio de testigos y peritos, y formulación de alegaciones. Está sujeto al secreto profesional y debe actuar conforme a las normas deontológicas, buscando la mejor defensa dentro de la legalidad.
Ambas disciplinas reconocen la importancia del abogado defensor en el proceso judicial y su papel en garantizar los derechos del acusado. Coinciden en que el abogado es interlocutor necesario entre el sistema judicial y el evaluado, y en que su actuación legítima forma parte del debido proceso. Tanto psicología como derecho reconocen la confidencialidad de la relación abogado-cliente como elemento protegido.
La psicología forense analiza cómo la intervención del abogado puede afectar la validez de la evaluación pericial, identificando posibles sesgos introducidos por el asesoramiento previo y aplicando estrategias de detección de simulación/disimulación. El derecho regula la función del abogado como garantía procesal, establece sus derechos y deberes, y sanciona las conductas contrarias a la deontología profesional. El psicólogo busca la verdad clínica; el abogado defiende los intereses de su cliente dentro de la legalidad.
Grisso, T. (2003); Melton, G.B. et al. (2018); Heilbrun, K. (2001); Código de Deontología de la Abogacía Española (2019); Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial; Ley de Enjuiciamiento Criminal; American Bar Association Standards; Redding, R.E. (2006); Otto, R.K. y Heilbrun, K. (2002)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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