Ir al contenido
Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica · Capítulo Costa Rica info@aipjcostarica.com · +506 8848-7105
Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Penal

Agresión Sexual

Definición comparada del término Agresión Sexual desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Cualquier conducta sexual impuesta sin consentimiento, con o sin violencia, que atenta contra la libertad sexual. La psicología forense evalúa el impacto (trastorno de estrés postraumático, sintomatología sexual, depresión, autolesión), el proceso de revelación y las características del agresor (adulto o adolescente, intrafamiliar o extrafamiliar, motivación, parafilias, distorsiones cognitivas, empatía específica hacia la víctima). Los programas de tratamiento estructurados (cognitivo-conductuales, modelo Good Lives) reducen moderadamente la reincidencia sexual.

Desde el derecho

Tras la Ley Orgánica 10/2022, el art. 178 del Código Penal español unifica bajo la agresión sexual todo acto que atente contra la libertad sexual sin consentimiento (1 a 4 años), con subtipos por violencia, intimidación o abuso de superioridad o vulnerabilidad, la violación (art. 179) y los tipos agravados (art. 180); los arts. 181-183 protegen a los menores de 16 años. El Código Penal de Costa Rica castiga los abusos sexuales contra menores e incapaces (art. 161) y contra personas mayores de edad (art. 162).

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas protegen la libertad y la indemnidad sexual, reconocen que el daño no depende de la existencia de violencia física y atienden a la vulnerabilidad de la víctima. Coinciden en la importancia de la prevención y el tratamiento del agresor.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología explica etiología, tipologías y riesgo, y evalúa el daño en la víctima; el derecho define los tipos, gradúa las penas por modalidad y vulnerabilidad y fija la edad de consentimiento. La psicología ofrece pronóstico; el derecho impone consecuencias.

Referencias (APA 7)

Código Penal español arts. 178-183; Código Penal de Costa Rica arts. 161-162; Ward, T. y Beech, A. R. (2006); Hanson, R. K. y Morton-Bourgon, K. E. (2005); Redondo, S. (2002); Garrido, V. y Beneyto, M. J. (1996); Echeburúa, E. y Guerricaechevarría, C. (2011); Seto, M. C. (2018)

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

Formación continua, biblioteca virtual de la Asociación y tarifa preferente en el XV Congreso Iberoamericano de 2028. La afiliación es gratuita mientras concluye el trámite de constitución.

Solicitar afiliación

Ver los 848 términos del glosario

WhatsApp