Conciliación
Definición comparada del término Conciliación desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Mecanismo de resolución de conflictos en el que un tercero neutral (conciliador) facilita el acercamiento de posiciones entre las partes proponiendo, a diferencia del mediador, posibles soluciones o fórmulas de arreglo, sin capacidad de imponerlas, siendo en el ámbito laboral español un trámite procesal previo obligatorio ante el organismo administrativo correspondiente antes de poder presentar una demanda judicial en la mayoría de los conflictos individuales de trabajo, con el objetivo de reducir la litigiosidad y facilitar acuerdos rápidos.
Se regula como requisito de procedibilidad obligatorio en el proceso laboral español (art. 63 y ss. de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), correspondiendo al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o al organismo autonómico equivalente, cuyo acuerdo alcanzado tiene fuerza ejecutiva equivalente a una sentencia, mientras que su fracaso habilita la vía judicial ordinaria.
Ambas disciplinas coinciden en valorar la conciliación como un filtro previo eficaz para reducir la litigiosidad, facilitando acuerdos rápidos en conflictos susceptibles de resolución consensuada.
La psicología aporta técnicas de comunicación y gestión del conflicto aplicables en la sesión conciliatoria; el derecho procesal laboral configura la conciliación como trámite previo obligatorio de procedibilidad antes del acceso a la vía judicial.
Ley Reguladora de la Jurisdicción Social española arts. 63-68; Código de Trabajo de Costa Rica sobre conciliación administrativa; Munduate, L. y Medina, F.J. (2005)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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