Concurso de Delitos
Definición comparada del término Concurso de Delitos desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Comisión de varios delitos por una misma persona (concurso real) o de un hecho que constituye varios delitos (concurso ideal), con reglas de acumulación o absorción de penas. Desde la psicología forense interesa en la evaluación de la carrera delictiva (versatilidad, escalada, especialización), en la valoración de series de delitos y en el análisis de los efectos psicológicos de las condenas acumuladas muy largas, que anulan el horizonte de reinserción. El delito continuado se corresponde con patrones de abuso reiterado sobre la misma víctima.
Arts. 73-78 del Código Penal español: concurso real con acumulación de penas y límites máximos (art. 76: triple de la más grave, 20 años, ampliables a 25, 30 o 40), concurso ideal y medial con la pena de la infracción más grave en su mitad superior (art. 77) y delito continuado (art. 74). En Costa Rica, el Código Penal regula el concurso ideal (art. 21), el material (art. 22) y el delito continuado (art. 23), con las reglas de penalidad de los arts. 75-77 y el límite de 50 años de prisión (art. 51).
Ambas disciplinas reconocen que la reiteración delictiva exige una respuesta diferenciada y que la acumulación indefinida de penas es contraria a la finalidad de reinserción.
La psicología analiza la reiteración como trayectoria y la pena acumulada como experiencia; el derecho fija reglas técnicas de determinación de la pena, límites máximos y ficciones como el delito continuado.
Código Penal español arts. 73-78; Código Penal de Costa Rica arts. 21-23, 51 y 75-77; Mir Puig, S. (2016); Cuerda Riezu, A. (1992); Sanz Morán, Á. J. (1986); Piquero, A. R., Farrington, D. P. y Blumstein, A. (2007); Haney, C. (2006)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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