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Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Metodológico/General

Consentimiento Informado en Evaluación Forense

Definición comparada del término Consentimiento Informado en Evaluación Forense desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Proceso mediante el cual el perito informa a la persona que va a evaluar, antes del inicio de la evaluación, sobre la naturaleza no asistencial ni terapéutica de la relación (a diferencia del consentimiento en un contexto clínico ordinario), la identidad de quien encarga la evaluación, el propósito específico de esta, el destino de la información obtenida (elaboración de un informe dirigido al tribunal), y los límites correspondientemente reducidos de la confidencialidad, requisito ético ineludible incluso cuando la evaluación se realiza por mandato judicial obligatorio y no por decisión voluntaria de la persona evaluada.

Desde el derecho

Su ausencia o insuficiencia constituye un vicio metodológico y ético grave que puede fundamentar la impugnación procesal del informe pericial resultante, debiendo distinguirse entre el consentimiento a la finalidad forense de la evaluación (que puede no ser plenamente 'voluntario' cuando existe una orden judicial que la impone) y la comprensión efectiva por parte del evaluado de las condiciones y consecuencias de dicha evaluación, que sí resulta siempre exigible con independencia del carácter obligatorio de la comparecencia.

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas coinciden en exigir la comprensión efectiva de las condiciones de la evaluación por parte del evaluado como requisito ético mínimo, con independencia de que la comparecencia sea o no obligatoria por mandato judicial.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología forense exige documentar formalmente este proceso informativo previo como parte de la metodología pericial de buena práctica; el derecho valora la ausencia de esta documentación como un déficit relevante impugnable de la prueba pericial presentada.

Referencias (APA 7)

American Psychological Association (2013) Specialty Guidelines for Forensic Psychology; Melton, G.B. et al. (2007); Código Deontológico del Psicólogo español, art. 41

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

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