Discriminación
Definición comparada del término Discriminación desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Trato desigual hacia personas o grupos basado en características como género, origen étnico, orientación sexual, discapacidad, edad, o religión. Incluye: discriminación directa (trato explícitamente diferenciado) e indirecta (normas aparentemente neutras con impacto desigual). Los efectos psicológicos incluyen: estrés de minoría, daño a la autoestima, ansiedad, depresión, y trauma. En el contexto forense, la discriminación es relevante como: agravante del delito, daño evaluable en la víctima, y factor de vulnerabilidad.
Trato desigual injustificado que vulnera el principio de igualdad (art. 14 CE). Como agravante penal: el art. 22.4 CP establece como circunstancia agravante cometer el delito por motivos discriminatorios (racismo, antisemitismo, ideología, religión, etnia, sexo, orientación sexual, enfermedad, discapacidad). Los delitos de odio (arts. 510-512 CP) tipifican específicamente conductas discriminatorias. La discriminación laboral está prohibida (arts. 4.2.c, 17 ET) y puede ser delito (art. 314 CP).
Ambas disciplinas reconocen la discriminación como conducta dañina que vulnera derechos fundamentales, valoran su impacto en las víctimas, y coinciden en la necesidad de prevención y sanción.
La psicología evalúa el impacto psicológico de la discriminación, estudia sus mecanismos, e interviene con víctimas. El derecho prohíbe la discriminación, tipifica delitos de odio, establece agravantes, y garantiza reparación.
Constitución Española art. 14; Código Penal arts. 22.4, 314, 510-512; Estatuto de los Trabajadores arts. 4.2.c, 17; Meyer, I.H. (2003, estrés de minoría); Pascoe, E.A. y Smart Richman, L. (2009); Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato; Díez Ripollés, J.L. (2013)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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