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Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica Capítulo Costa Rica
Metodológico/General

Emoción

Definición comparada del término Emoción desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.

Desde la psicología forense

Estado afectivo complejo que implica: activación fisiológica (arousal), experiencia subjetiva (sentimiento), expresión conductual, y procesamiento cognitivo. Las emociones básicas incluyen: alegría, tristeza, miedo, ira, asco, y sorpresa. En el contexto forense, las emociones son relevantes para: evaluar estados emocionales durante la comisión de delitos (arrebato, miedo), valorar el impacto emocional en víctimas, comprender la regulación emocional en trastornos, y analizar la expresión emocional en la evaluación de credibilidad.

Desde el derecho

Estado afectivo relevante para: la apreciación de atenuantes (arrebato u obcecación, art. 21.3 CP, cuando estímulos poderosos provocan reacción emocional intensa), la valoración del miedo insuperable (art. 20.6 CP), el análisis de la intención (las emociones pueden modular la voluntariedad), y la comprensión de reacciones de víctimas. El derecho penal valora las emociones como contexto que puede atenuar la responsabilidad sin eliminarla.

Similitudes entre ambas lecturas

Ambas disciplinas reconocen las emociones como estados que influyen en la conducta y pueden modular la responsabilidad, valoran su consideración en la evaluación de los hechos, y coinciden en que las emociones intensas pueden afectar el juicio y el autocontrol.

Diferencias entre ambas lecturas

La psicología estudia los mecanismos emocionales, evalúa estados emocionales, y analiza la regulación emocional. El derecho considera las emociones como contexto que puede atenuar la responsabilidad cuando alcanzan intensidad suficiente.

Referencias (APA 7)

Ekman, P. (1992, 2003); Lazarus, R.S. (1991); Gross, J.J. (2014); Código Penal arts. 20.6, 21.3; Damasio, A.R. (1994); LeDoux, J. (1996); Barrett, L.F. (2017); Frijda, N.H. (1986)

Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.

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