Medida Cautelar
Definición comparada del término Medida Cautelar desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Desde la perspectiva psicológico-forense, las medidas cautelares tienen implicaciones que incluyen: el impacto psicológico de la prisión preventiva en el acusado, la evaluación del riesgo que fundamenta ciertas medidas (alejamiento, internamiento provisional), y la valoración de la necesidad de protección de víctimas. El perito puede ser requerido para informar sobre el riesgo que justifica medidas cautelares o sobre el estado del acusado que requiere medidas específicas.
Medidas adoptadas durante el proceso para asegurar su eficacia, proteger a las víctimas, o evitar riesgos. En el proceso penal incluyen: prisión provisional, libertad provisional con o sin fianza, prohibición de aproximación a víctimas, y retirada de pasaporte. Requisitos: apariencia de delito (fumus boni iuris), riesgo de fuga, destrucción de pruebas, o reiteración delictiva (periculum in mora), y proporcionalidad. En materia de familia y protección de menores, las medidas cautelares protegen intereses urgentes.
Ambas disciplinas reconocen la importancia de las medidas cautelares para proteger a las víctimas y asegurar el proceso, valoran la proporcionalidad, y coinciden en que pueden requerir valoración del riesgo.
La psicología forense puede evaluar el riesgo que fundamenta medidas cautelares y valorar su impacto en las partes. El derecho regula las medidas cautelares, sus requisitos, y los derechos del afectado.
LECrim arts. 502-544 quinquies; LEC arts. 721-747; Gimeno Sendra, V. (2019); Armenta Deu, T. (2015); Ley 4/2015 (medidas de protección de víctimas); Moreno Catena, V. (2015)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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