Omisión
Definición comparada del término Omisión desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
No realización de una conducta esperada o debida. En psicología forense, la omisión es relevante para: evaluar negligencia (omisión de cuidados debidos), comprender conductas pasivas ante el delito (no intervención de testigos), y analizar la falta de acción en personas con posición de garante (padres que no protegen a hijos).
No realización de una acción jurídicamente esperada que puede constituir delito. Tipos: omisión propia (el tipo describe directamente la no acción: omisión del deber de socorro, art. 195 CP) y omisión impropia o comisión por omisión (no evitar un resultado estando obligado a ello, art. 11 CP, posición de garante). La responsabilidad por omisión requiere capacidad de actuar y deber jurídico de hacerlo.
Ambas disciplinas reconocen la omisión como conducta relevante cuando hay deber de actuar, valoran la posición de garante, y coinciden en que la omisión puede causar daño.
La psicología estudia los factores que llevan a la omisión (efecto espectador, difusión de responsabilidad). El derecho tipifica delitos de omisión y establece los requisitos de la responsabilidad por omitir.
Código Penal arts. 11, 195, 226; Mir Puig, S. (2015); Silva Sánchez, J.M. (2003); Muñoz Conde, F. (2019); Latané, B. y Darley, J.M. (1970, efecto espectador)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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