Piromanía
Definición comparada del término Piromanía desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Trastorno del control de impulsos que se manifiesta por la provocación deliberada e intencionada de incendios en más de una ocasión, precedida de tensión o activación afectiva y seguida de placer, gratificación o alivio, con fascinación, interés o atracción hacia el fuego y sus contextos situacionales, sin motivación económica, ideológica, vengativa o de ocultación de otro delito. Es un diagnóstico raro; la mayoría de los incendios provocados obedecen a motivaciones instrumentales (fraude de seguro, venganza, vandalismo) y no cumplen los criterios clínicos estrictos de la piromanía.
La incendiaridad dolosa se tipifica como delito de incendio (arts. 351 y ss. CP español; arts. 236 y ss. CP costarricense) con penas graves dada la puesta en peligro de bienes y personas; el diagnóstico de piromanía, cuando se acredita, puede operar como atenuante o eximente incompleta, pero su invocación exige descartar motivaciones instrumentales mediante pericia especializada.
Ambas disciplinas coinciden en que la motivación instrumental descarta el diagnóstico clínico y en la necesidad de un análisis funcional detallado del patrón de incendios antes de asignar consecuencias.
La psicología forense analiza la función y la fenomenología afectiva del acto incendiario; el derecho tipifica el hecho según el resultado, el peligro generado y la intencionalidad, con independencia de la etiqueta diagnóstica.
American Psychiatric Association (2022); Grant, J.E. y Kim, S.W. (2007); Doley, R. (2003); Geller, J.L. (1992); Código Penal español arts. 351-358; Código Penal de Costa Rica arts. 236-243
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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