Plan de Parentalidad
Definición comparada del término Plan de Parentalidad desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Documento que establece cómo los progenitores ejercerán sus responsabilidades parentales tras la separación. Incluye: distribución de tiempos de estancia, decisiones sobre educación, salud, y actividades, comunicación entre progenitores, y resolución de conflictos. En psicología forense, la evaluación puede incluir valorar la capacidad de los progenitores para cumplir el plan y recomendar ajustes según las necesidades evolutivas del menor.
Instrumento regulado en algunas legislaciones autonómicas (Cataluña, Aragón, Valencia) que los progenitores deben presentar en procesos de familia. Contenido: cuidado habitual, régimen de estancia, relación con familia extensa, decisiones sobre educación y salud, y mecanismos de resolución de conflictos. Su aprobación judicial garantiza que responde al interés del menor. Facilita la coparentalidad estructurada.
Ambas disciplinas reconocen el plan de parentalidad como instrumento de organización de la coparentalidad, valoran su adaptación al interés del menor, y coinciden en su utilidad para reducir conflictos.
La psicología forense puede evaluar la idoneidad del plan y las capacidades de cumplimiento. El derecho regula el contenido obligatorio del plan y su aprobación judicial.
Código Civil de Cataluña art. 233-9; Ley 2/2010 de Aragón; Kelly, J.B. (2007); Fabricius, W.V. et al. (2010); Arch, M. y Jarne, A. (2010)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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