Riesgo de Reincidencia
Definición comparada del término Riesgo de Reincidencia desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Probabilidad de que una persona condenada vuelva a cometer delitos. Los factores de riesgo incluyen: historial criminal, edad temprana de inicio, actitudes antisociales, asociaciones antisociales, abuso de sustancias, problemas de empleo, y falta de apoyo social. Los instrumentos de evaluación (LSI-R, VRAG, RisCanvi) combinan factores estáticos y dinámicos. El riesgo de reincidencia guía la intensidad y el contenido del tratamiento (modelo RNR).
Probabilidad de nuevos delitos relevante para: medidas de seguridad (art. 95 CP: 'probabilidad de comisión de nuevos delitos'), libertad vigilada postpenitenciaria, concesión de beneficios penitenciarios, y pronóstico de reinserción. El riesgo de reincidencia debe evaluarse de forma individualizada y fundamentada. Las decisiones deben ser proporcionadas al riesgo evaluado.
Ambas disciplinas reconocen la importancia de evaluar el riesgo de reincidencia, valoran métodos estructurados, y coinciden en que guía las decisiones de tratamiento y beneficios.
La psicología forense evalúa el riesgo con instrumentos validados e identifica factores modificables. El derecho establece las decisiones que requieren evaluación del riesgo.
Andrews, D.A. y Bonta, J. (2010, LSI-R); Quinsey, V.L. et al. (2006, VRAG); Arbach-Lucioni, K. et al. (2012, RisCanvi); Código Penal arts. 95-108; Gendreau, P. et al. (1996)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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