Secuela
Definición comparada del término Secuela desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Consecuencia permanente de una lesión o enfermedad que persiste tras la estabilización del cuadro. En psicología forense, las secuelas psicológicas incluyen: trastornos mentales crónicos (TEPT crónico, cambio de personalidad), déficits cognitivos permanentes (tras daño cerebral), y limitaciones funcionales duraderas. La evaluación de secuelas requiere esperar la estabilización y distinguir entre secuelas del evento y estado previo.
Deficiencia física, intelectual, orgánica o sensorial derivada de una lesión, que persiste tras la curación (Ley 35/2015). Las secuelas se valoran según baremos que asignan puntuación según gravedad. Las secuelas psicológicas están incluidas en el baremo (trastornos neuróticos, del estado de ánimo, de personalidad, etc.). La indemnización por secuelas es adicional a la indemnización por incapacidad temporal.
Ambas disciplinas reconocen las secuelas como consecuencias permanentes, valoran esperar la estabilización para su evaluación, y coinciden en que son indemnizables.
La psicología forense evalúa las secuelas psicológicas, establece su gravedad y nexo causal. El derecho establece los baremos de valoración y las indemnizaciones correspondientes.
Ley 35/2015 Baremo; Echeburúa, E. et al. (2016); Esbec, E. y Gómez-Jarabo, G. (2000); Muñoz Sabaté, L. (2019)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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