Trastorno Antisocial de la Personalidad
Definición comparada del término Trastorno Antisocial de la Personalidad desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Patrón persistente de desprecio y violación de los derechos de los demás desde los 15 años, con historia de trastorno de conducta antes de los 15. Criterios: incumplimiento de normas, engaño, impulsividad, irritabilidad/agresividad, despreocupación por la seguridad, irresponsabilidad, y falta de remordimiento. Es el trastorno de personalidad más frecuente en población penitenciaria. Se distingue de la psicopatía, que incluye además rasgos afectivo-interpersonales específicos.
Trastorno de personalidad que generalmente no afecta la imputabilidad porque las capacidades cognitivas y volitivas están preservadas. La jurisprudencia es restrictiva: el TAP no fundamenta exención ni atenuación salvo comorbilidad con otros trastornos. Sin embargo, es muy relevante para: la valoración de la peligrosidad, el pronóstico de reincidencia, y el diseño de intervenciones.
Ambas disciplinas reconocen el TAP como trastorno prevalente en delincuentes que generalmente no afecta la imputabilidad, valoran su consideración en peligrosidad y pronóstico.
La psicología forense diagnostica el TAP, lo distingue de la psicopatía, y valora su impacto. El derecho considera el TAP para peligrosidad pero raramente para la responsabilidad.
American Psychiatric Association (DSM-5); Código Penal arts. 20.1, 21.1; Hare, R.D. (2003); Black, D.W. (2015); Esbec, E. y Echeburúa, E. (2010); STS sobre TAP e imputabilidad
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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