Tratamiento Ambulatorio
Definición comparada del término Tratamiento Ambulatorio desde la psicología forense y desde el derecho, con los autores de referencia en formato APA 7.
Atención terapéutica sin ingreso que el paciente recibe en consultas externas mientras vive en la comunidad. En psicología forense, el tratamiento ambulatorio es relevante como: alternativa al internamiento (principio de mínima restricción), condición de suspensión de condena o medidas de seguridad, y componente del seguimiento post-penitenciario. La eficacia depende de: motivación, adherencia, y adecuación del tratamiento a las necesidades.
Medida de seguridad no privativa de libertad (art. 105.1.a CP: 'sumisión a tratamiento externo en centros médicos') aplicable a inimputables o semiimputables. También puede ser condición de la suspensión de condena (art. 80.5 CP) o de la libertad condicional. El tratamiento ambulatorio involuntario es excepcional y controvertido (debate sobre su regulación). Preferible al internamiento por ser menos restrictivo.
Ambas disciplinas reconocen el tratamiento ambulatorio como alternativa menos restrictiva al internamiento, valoran su indicación según el caso, y coinciden en la importancia de la adherencia.
La psicología diseña e implementa el tratamiento ambulatorio, evaluando su eficacia. El derecho regula el tratamiento ambulatorio como medida de seguridad o condición de suspensión.
Código Penal arts. 80.5, 105.1.a; LOGP; Barrios Flores, L.F. (2012); Swartz, M.S. et al. (2001); Szmukler, G. (2015); OMS (2019, servicios comunitarios)
Este glosario lo publica el Capítulo Costa Rica de la AIPJ.
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