Nota 14 Riesgo y gestión 17 de setiembre de 2026 Lectura 7 min
Valoración del riesgo en violencia de pareja: instrumento correcto, pregunta correcta
Aplicar una guía de violencia general a un caso de violencia de pareja invalida el resultado, por cuidadosa que sea la aplicación. La indicación del instrumento es una condición de validez, no una preferencia del evaluador.
La violencia de pareja tiene una estructura de factores propia: la relación continúa existiendo después del hecho, la separación es un momento de riesgo elevado y no de cese, y las medidas de protección forman parte del propio escenario que se valora. Por eso los instrumentos generales de riesgo de violencia no se trasladan sin más.
Qué es el SARA y qué produce
El Spousal Assault Risk Assessment Guide es una guía de juicio profesional estructurado. Kropp y Hart (2000) evaluaron su fiabilidad y validez en seis muestras de agresores adultos varones, con un total de 2.681 casos: la fiabilidad entre evaluadores resultó alta tanto para la presencia de factores individuales como para el juicio global de riesgo, y las valoraciones discriminaron entre agresores reincidentes y no reincidentes.
Como toda guía de juicio estructurado, su producto no es un puntaje. Es una formulación del caso —por qué esta persona ha ejercido violencia—, un conjunto de escenarios plausibles de violencia futura y un plan de gestión. El nivel de riesgo indica cuánta intervención se requiere, no qué va a ocurrir.
Tres errores frecuentes en sede judicial
El primero es leer «riesgo bajo» como ausencia de riesgo. La categoría describe el nivel de gestión necesario en el momento de la valoración; no certifica seguridad. El segundo es tratar la valoración como permanente: los factores clínicos y de gestión cambian, y una valoración de hace un año no describe la situación actual, particularmente si medió una separación, una denuncia o una resolución sobre convivencia. El tercero es sustituir la valoración de riesgo por la valoración de la credibilidad del relato: son objetos distintos, y el juicio de riesgo no es un dictamen sobre si los hechos denunciados ocurrieron.
El marco normativo costarricense
La Ley n.º 8589, de penalización de la violencia contra las mujeres, y la Ley n.º 7586, contra la violencia doméstica, configuran un sistema en el que las medidas de protección se adoptan con urgencia y sobre información incompleta. Ese diseño hace que la información técnica sobre factores de riesgo sea especialmente valiosa y, a la vez, especialmente susceptible de sobreinterpretación. Un informe que declara sus límites temporales y su alcance protege tanto a la persona en riesgo como la validez de la decisión judicial.
Cómo se comunica
La formulación útil para el tribunal no es «riesgo alto» a secas, sino la descripción de qué factores están presentes y son relevantes en este caso, qué escenarios de violencia resultan plausibles, en qué condiciones se agravarían y qué medidas reducirían la probabilidad de que se materialicen. Esa forma de comunicar mantiene la decisión donde corresponde y aporta lo que la psicología efectivamente puede aportar.
Claves para la práctica
- Verificar que el instrumento aplicado esté validado para violencia de pareja y para la población del caso.
- Exigir la formulación del caso, los escenarios y el plan de gestión, no solo la categoría de riesgo.
- Comprobar la fecha de la valoración y si hubo cambios relevantes desde entonces.
- No leer «riesgo bajo» como ausencia de riesgo ni «riesgo alto» como pronóstico individual.
- Distinguir el juicio de riesgo de la valoración de credibilidad: son objetos periciales distintos.
Referencias
- Kropp, P. R., & Hart, S. D. (2000). The Spousal Assault Risk Assessment (SARA) Guide: Reliability and validity in adult male offenders. Law and Human Behavior, 24(1), 101–118. https://doi.org/10.1023/A:1005430904495
- Douglas, K. S., Hart, S. D., Webster, C. D., Belfrage, H., Guy, L. S., & Wilson, C. M. (2014). Historical-Clinical-Risk Management-20, Version 3 (HCR-20V3): Development and overview. International Journal of Forensic Mental Health, 13(2), 93–108. https://doi.org/10.1080/14999013.2014.906519
- Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2007). Ley de penalización de la violencia contra las mujeres, Ley n.º 8589.
- Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (1996). Ley contra la violencia doméstica, Ley n.º 7586.